Solicitud de ingreso en CC. SS. de mayores
Temática
Mayores
¿Cuál es el plazo para solicitarlo?
Abierto todo el año
Tipo de servicio
Otras
Plazo de presentación
Abierto
Tramitar por Internet
¿En qué consiste?
Solicitud de plaza de ingreso en centros sociosanitarios de mayores
¿Quién puede solicitarlo?
Podrán ser usuarios de los centros sociosanitarios de mayores:
a) Los mayores de 60 años.
b) Los que, aun no alcanzando dicha edad, tuvieran la condición de jubilados como consecuencia de la aplicación de coeficientes reductores previstos legalmente para quienes hayan realizado actividades laborales especialmente penosas o peligrosas.
c) Aquellos pensionistas mayores de 50 años afectados de incapacidad física, psíquica o sensorial, cuando por sus circunstancias personales, familiares o sociales, de conformidad con el baremo contenido en el anexo III del presente Decreto, así lo requieran.
2. También podrán ser usuarios de los centros de estancia y alojamiento los cónyuges o parejas de hecho de las personas contempladas en el punto anterior, cuando, en ambos casos, no reuniendo las condiciones requeridas para ello, acrediten convivencia con aquéllos.
a) Los mayores de 60 años.
b) Los que, aun no alcanzando dicha edad, tuvieran la condición de jubilados como consecuencia de la aplicación de coeficientes reductores previstos legalmente para quienes hayan realizado actividades laborales especialmente penosas o peligrosas.
c) Aquellos pensionistas mayores de 50 años afectados de incapacidad física, psíquica o sensorial, cuando por sus circunstancias personales, familiares o sociales, de conformidad con el baremo contenido en el anexo III del presente Decreto, así lo requieran.
2. También podrán ser usuarios de los centros de estancia y alojamiento los cónyuges o parejas de hecho de las personas contempladas en el punto anterior, cuando, en ambos casos, no reuniendo las condiciones requeridas para ello, acrediten convivencia con aquéllos.
¿Qué se necesita?
- Solicitud de ingreso en CC SS de mayores
- Autorización Consulta de datos
- Documentación acreditativa de la identidad del solicitante (DNI, NIE o pasaporte)
- Documentación acreditativa de la identidad del cónyuge o pareja conviviente (DNI, NIE o pasaporte)
- Certificado actualizado de empadronamiento en el que debe aparecer la fecha de antigüedad en dicho padrón
- Certificado actualizado de convivencia
- Documentación acreditativa de la situación económica de la unidad familiar del solicitante. Documentación acreditativa de la situación económica de la unidad familiar del solicitante, entendiéndose por ésta, la constituida por el solicitante y, en su caso, por las personas que convivan con él, unidas por matrimonio o situación análoga, adoptiva o de parentesco civil consanguíneo hasta el primer grado en línea directa y hasta segundo grado en línea colateral.
- Fotocopia compulsada de la Declaración de la renta, o certificado de no estar obligado a presentarla, según modelo de autorización relativo al nivel de renta (IRPF), facilitado por el Área de Política Sociocultural
- Resolución del grado de dependencia. Emitido por Gobierno de Canarias, sistema de dependencia que se tramita a través de los Ayuntamientos
- Informe médico (según modelo oficial)
- Certificado Catastral
Tasas
Este trámite no tiene tasas asociadas.
Normativa
- Normativa autonómica
- Normativa local
¿Cuál es el servicio responsable?
Área de Educación, Cultura, Deportes, Juventud y Patrimonio Histórico, Política Social e Igualdad
¿Es posible interponer recurso?
- Potestativo de reposición
Efectos del silencio
Estimatorio
¿Cómo se tramita?
Tramitación telemática
Tramitación presencial
- 1. Formulario versión papel
- 2. Cumpliméntala
- 3. Imprímela
- 4. Puedes entregarla: En cualquier Oficina de Registro y Servicio al Ciudadano del Cabildo Insular de La Gomera.
Documentación del Trámite
Tamaño 96 Kb
Tamaño 491 Kb
Tamaño 469 Kb